Se ha publicado ya el nuevo Reglamento (EU) 2022/2340 para la restricción de EGCG del extracto de té verde, que modifica el anexo III del Reglamento (CE) 1925/2006.
Ya llevamos varias publicaciones dedicadas al estado sobre la restricción del uso del extracto de té verde en alimentos, debido al estudio sobre la seguridad del consumo de uno de sus activos: (-) 3-galato de epigalocatequina (EGCG a partir de ahora).
El pasado mes de agosto anunciamos que ya estaba cerrada la versión final de la propuesta del nuevo Reglamento, dando un breve resumen de lo que se iba a esperar en su publicación.
Pues bien, en fecha 30 de noviembre de 2022 ya se ha publicado el esperado Reglamento (EU) 2022/2340 en el Diario Oficial de la Unión Europea, y al día siguiente 1 de diciembre se ha hecho en el DOUE. De este modo se hace efectiva la restricción citada, en la que la dosis diaria deberá contener menos de 800 mg de EGCG, añadiendo el ingrediente en la parte B del Anexo III del Reglamento (CE) 1925/2006.
Además, el nuevo Reglamento dispone de ciertos requisitos que deberán tenerse en consideración en los etiquetados de todos aquellos alimentos que contengan el ingrediente, siendo obligatorio la indicación de la siguiente información y advertencias:
– Dosis diaria máxima recomendada del alimento, junto con la advertencia: “No debe consumirse una cantidad diaria de 800 mg o más de EGCG.”
– La cantidad de EGCG que contiene una porción diaria del alimento.
– Las advertencias:
o “No debe consumirse si ya se consumen en el mismo día otros productos que contengan té verde.”
o “No debe ser consumido por mujeres embarazadas o en período de lactancia, ni por menores de 18 años.”
o “No debe tomarse con el estómago vacío.”
Cabe destacar de que quedan excluidos los extractos acuosos de té verde que contengan EGCG y que, tras reconstituirse en bebidas, tengan una composición comparable a la de las infusiones tradicionales de té verde.
IMPORTANTE: El nuevo Reglamento entra en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el día 21 de diciembre de 2022.
Todos aquellos productos que no cumplan con el nuevo Reglamento y hayan sido puestos en el mercado antes del 21 de diciembre de 2022, podrán permanecer en el mismo hasta el 22 de junio de 2023.
Por último, queremos informar de que el extracto de té verde que contiene EGCG permanecerá en la parte C del Anexo III del Reglamento 1925/2006, eso significa que no deja de seguir estando en el punto de mira y que debe aportarse información durante 2 años para acabar tomando una decisión sobre el ingrediente.